Las personas y organizaciones que suscribimos este manifiesto rechazamos y denunciamos la crisis humanitaria que sufre la vereda de El Hatillo y demás comunidades afectadas por la minería de carbón en el departamento del Cesar, Colombia. La situación de la población es grave, pues las empresas mineras transnacionales hoy incumplen sus compromisos y obligaciones ante un Estado que se ha mostrado ineficaz para garantizar los derechos fundamentales de estos ciudadanos colombianos.

El Hatillo es una comunidad rural ubicada en el corregimiento La Loma del municipio del Paso, en el centro del Departamento del Cesar. Está rodeada de cinco minas a cielo abierto (El Hatillo, Calenturitas, La Francia, El Descanso y Pribbenow-La Loma) y una planta extractora de aceite de Palma. Estas empresas han provocado graves afectaciones a la salud, los medios de vida y el ambiente como consecuencia de los altos niveles de concentración en el aire de material particulado del carbón y la alteración a los ecosistemas, en especial de las fuentes hídricas, situaciones que llevaron a que el Ministerio de Ambiente ordenara a las empresas reasentar las comunidades aledañas a las minas, mediante las Resoluciones 970 y 1525 de 2010 que modifican el Plan de Manejo Ambiental de la operación minera[1].

Las afectaciones a la salud, los medios de vida y el ambiente han tenido impactos diferenciales en niños, niñas, adolescentes y jóvenes, quienes se han visto obligados nacer, crecer y vivir en un ambiente contaminado, sin los derechos que como población infantil les asiste, como lo señaló el Comité de Derechos del Niño en el 2015, que exigió al Estado Colombiano y a las empresas, entre otras cosas, llevar a cabo evaluaciones y planes para mitigar los impactos de las actividades empresariales en el medio ambiente, la salud y los derechos humanos de los niños en El Hatillo, asegurando su pronto reasentamiento de conformidad con las normas internacionales, y los indemnice adecuadamente [2].

Luego de un largo proceso de concertación en condiciones asimétricas de poder entre las empresas y la comunidad vulnerada [3], en 2018 se firmó el Plan de Acción de Reasentamiento (PAR) que señala que éste se haría efectivo en un plazo de diez años, con un período inicial de cinco años durante el cual se deberían surtir contratos de transacción sobre las compensaciones y otras medidas para resarcir los daños causados. Sin embargo, las medidas compensatorias acordadas dentro del PAR se vieron suspendidas a escasos dos años de haber sido firmadas, por cuenta de la decisión en octubre de 2020 de la empresa Colombian Natural Resources (CNR) de someterse a un proceso de reorganización empresarial, bajo la Ley 1116 de 2006 con el argumento de una insolvencia que impide el cumplimiento de obligaciones contraídas con acreedores.

La decisión de Colombian Natural Resources (CNR) tiene impactos inmediatos en el proceso de reasentamiento, pues el dinero destinado para cumplir con los acuerdos contenidos en el PAR deben estar depositados en una Fiducia constituida por las tres empresas que responden de manera proporcional a los impactos causados por sus operaciones empresariales. Hoy, los recursos monetarios que deben ser depositados trimestralmente por las empresas se encuentran congelados y en consecuencia, el PAR está suspendido. Este escenario evidencia un claro incumplimiento de las obligaciones que el Estado Colombiano y estas compañías adquirieron con las comunidades de Boquerón, Plan Bonito y El Hatillo, que hoy afrontan una nueva crisis humanitaria, pues el modelo extractivo que por décadas se ha consolidado en este territorio, ha transformado el uso del suelo, la vocación agropecuaria y ha impedido que la población rural goce del derecho humano a una alimentación adecuada.

Las comunidades del centro del departamento del Cesar necesitan de la solidaridad nacional e internacional para que este caso no quede en la impunidad, sean restituidas en sus derechos y se lleve a cabo el reasentamiento en los términos dispuestos en las órdenes administrativas y conforme a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Por estas razones exigimos al Estado colombiano:

  • Asegurar el cumplimiento efectivo de las órdenes administrativas emitidas en las Resoluciones 970 y 1525 de 2010 proferidas por el Ministerio de Ambiente.
  • Adelantar el seguimiento y evaluación permanente del proceso de implementación del Plan de Acción para el Reasentamiento (PAR) acordado en desarrollo de las Resoluciones 970 y 1525 de 2010, como parte de la revisión de la validez y confiabilidad del Plan de Manejo Ambiental.
  • Garantizar el derecho a la salud y la alimentación adecuada de la comunidad, especialmente de niños, niñas y jóvenes que se verán afectados por la suspensión de las medidas de restablecimiento de las condiciones de vida de la población ordenadas en las resoluciones mencionadas.
  • Realizar el seguimiento y cumplimiento a las recomendaciones realizadas por el Comité de Derechos del Niño en 2015 al Estado colombiano, pues en el contexto minero el derecho a la salud, al ambiente sano, a la educación, a la recreación, entre otros, no son reconocidos ni tenidos en cuenta.
  • Verificar y garantizar la implementación y el cumplimiento de las obligaciones de orden técnico, social y ambiental exigibles dentro de los planes de cierre de minas y los instrumentos ambientales dispuestos en la legislación minera nacional.
  • Prevenir que la suspensión de actividades y cierres anticipados de minas motivados por la declinación de la demanda mundial de carbón, y específicamente en Europa, resulten en el desconocimiento de las obligaciones adquiridas por las empresas, la evasión de la reconstrucción y reparación integral del territorio y omitan la integración efectiva de los actores interesados y afectados por la minería de carbón;
  • Avanzar en la ampliación normativa y la formación de capacidades institucionales en materia de cierre de minas que permita responder al interés público nacional y local, que promueva la participación social, valore las afectaciones en todas las dimensiones del territorio, defina las responsabilidades y derechos del sector público, las comunidades locales, los trabajadores, las empresas y países importadores para asegurar el financiamiento, la gestión y la adecuada evaluación del proceso.
  • Avanzar en la adopción de medidas administrativas y legislativas progresivas que obliguen a las empresas transnacionales a respetar los derechos humanos y resarcir los daños causados de manera oportuna y adecuada, para que este tipo de situaciones como las que están ocurriendo en el Cesar no se vuelvan a repetir.

Finalmente, requerimos que el Estado colombiano haga cumplir plenamente las obligaciones que tienen las empresas mineras. A su vez, llamamos a las entidades nacionales, regionales y locales a que atiendan esta situación con celeridad, utilicen los instrumentos jurídicos nacionales e internacionales para que se respeten y protejan los derechos humanos por encima de los intereses financieros de las corporaciones transnacionales.

https://soundcloud.com/comunicaciones-pas/capitulo-1-comunidad-de-el-hatillo-y-la-orden-de-reasentamiento

Suscriben:

Organizaciones colombianas

Pensamiento y Acción Social (PAS)

Fundación Chasquis

Movimiento Colombiano en Defensa de los Territorios y Afectados por Represas Ríos Vivos.

Organización Mujeres del Común, Santander

Comité Ambiental en Defensa de la Vida, Tolima

Asociación Minga

Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz

Observatorio de Expansión Minero – Energética y Re – existencia OMER

Nodo Colombia de Iglesias y Minería

Centro Comunal comunitario Las Colinas, Cali

Corporación convivamos, Medellín

Asociación Juvenil Red de Antorchas, Mahates, Bolívar

Humanidad Vigente Corporación Jurídica, Bogotá

Movimiento Social en Defensa de los Ríos Sogamoso y Chucuri, Santander

Colectivo socioambiental juvenil de Cajamarca (Cosajuca), Tolima

Comité ambiental y campesino de Cajamarca, Tolima

CENSAT Agua Viva – Amigos de la Tierra Colombia

Plataforma Colombiana de organizaciones sociales y populares por el protagonismo de

niñas, niños y jóvenes (Plataforma de las Tres Voces)

Centro de Investigación y Educación Popular, Programa por la paz. (CINEP-PPP)

FIAN Colombia

Organizaciones internacionales:

Arbeitsgruppe Schweiz Kolumbien ask!, Suiza

Public Eye, Zurich, Suiza

ONG Incomindios, Zurich, Suiza

Initiative Dortmund – Kolumbien, Alemania

Bergbau Menschen Rechte (bmr) Derechos Humanos y Minería (dhm), Lucerna, Suiza

Terre des Hommes Deutschland e.V., Berlin, Alemania

PeaceWomen Across the Globe (PWAG), Suiza

London Mining Network, Inglaterra

Colombia Solidarity Campaign, Inglaterra

Coal Action Network, Inglaterra

Multiwatch, Suiza

Solifonds, Suiza

ALBA-SUIZA, Suiza

ALBA Basel, Suiza

Re:common, Italia

Pax for Peace, Países Bajos

kolko – Menschenrechte für Kolumbien e.V., Berlín, Alemania

OeMe-Kommission de Evang.-ref. Gesamtkirchgemeinde (Comisión de Ecumensimo, Misión

y Desarrollo de la Iglesia Evangélica Protestante) Berna, Suiza

Personas Naturales

Martina Munz, Parlamentaria Consejo Nacional, Suiza

Delf Bucher, Diputado Cantonal, Nidwalden, Suiza

Madlen Kobi, INFOE Schweiz (Instituto para Ecología y Antropología), Berna, Suiza

Emma Banks, Tennessee State University, EE. UU

Romain Champalaune – independent photojournalist, Francia

Bruno Gurtner, Economista, Berna, Suiza

Joel Graf, Berna, Suiza

Pia Hofer, Berna, Suiza

Urs Sekinger, Zurich, Suiza

Yvonne Zimmermann, Berna, Suiza

Laura Rietschi, Basilea, Suiza

Elisabeth Stucki, Berna, Suiza

Hans Rickenbacher, Vauffelin, Suiza

Susanna Sutter, Basilea, Suiza

Samuel Wanitsch, Frick, Suiza

Jürg Liechti-Möri, Parroco, Berna, Suiza

Gloria Holguín, Quito, Ecuador

Max Leuzinger, Bonstetten, Suiza

Claudia Howald, Lugano, Suiza

Luis Álvaro Pardo Becerra, Bogotá, Colombia

Rahel Ruch, Stadträtin Grünes Bündnis Bern (Concejala partido verde Berna)

Bruno Rütsche, Lucerna, Suiza

Tabea Kipfer, Berna Suiza

Mauro Gorgi, Hausen a.A, Suiza

Theres Höchli, Lucerna, Suiza

Doro Winkler, Zurich, Suiza

Angela Stienen, Berna, Suiza

Elena Rios Thalmann, Zurich, Suiza

Anita Linares, Berna, Suiza

Eva Gysel, Wilchingen SH, Suiza

Doris Brodbeck, Schleitheim SH, Suiza

Luisa Franco, Zurich, Suiza

Petra Engelhard, Berna, Suiza

Notas

[1] La resolución 970 de 2010 señala de manera explícita que “se han generado graves

afectaciones a la salud y a la calidad de vida de los habitantes de los centros poblados ubicados

en la zona de influencia de los proyectos mineros”. La Secretaría de Salud de la Gobernación

del Cesar corroboró lo anterior señalando que, en esta comunidad “el agua no es apta para

consumo humano y prevalecen enfermedades respiratorias, de piel y oculares en el 51,48 por

ciento de la población local”.

[2] Comité de los Derechos del Niño. Observaciones finales sobre los informes periódicos

cuarto y quinto combinados de Colombia. Aprobadas por el Comité en su 68º período de

sesiones (12 a 30 de enero de 2015). CRC/C/COL/CO/4-5. Disponible en:

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/INEC/INTOR/Informes4-5-combinado-comite-derechos-nino.pdf

[3] En abril del 2012 la comunidad creó un comité que representaría a los hatillanos en todo

el proceso de concertación de un Plan de Acción para el Reasentamiento (PAR) de El Nuevo

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